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En el caso de desarrollo de tecnología, mejoras, optimización o desarrollo de procesos o formulaciones para fines INDUSTRIALES específicos el primer paso sugerido es realizar una BÚSQUEDA TECNOLÓGICA, buscando encuadrar en diferentes supuestos de protección de derechos intelectuales contemplados en la Ley de la Propiedad industrial, los cuales se enumeran a continuación:
Patente: La patente es el privilegio que concede el Estado a una persona física o moral para producir o utilizar en forma exclusiva y durante 20 años una invención (producto o proceso) que haya sido desarrollada por dicha persona, esta proviene de una creación humana que permita, en la práctica, transformar la materia o la energía para su aprovechamiento con la finalidad de satisfacer alguna necesidad o para dar solución a un problema técnico determinado o que contribuya a mejorar el estado de la técnica, siendo necesario y como primer paso esencial el efectuar para el área de patentes una investigación de carácter preliminar identificada como BÚSQUEDA TECNOLÓGICA, tendiente de identificar si la tecnología aplicada es susceptible de protección o la no violación de reivindicaciones reconocidas oficialmente a favor de terceros, el objeto de la investigación es analizar la NOVEDAD de la invención partiendo de la base de lo que existe en el estado de la técnica actual, para así estar en posibilidades de realizar una redacción que acredite que se está en presencia de una invención NUEVA como tal y que se cumplen con los estándares determinados en la Ley de la Propiedad Industrial y Tratados Internacionales y de su libre uso en territorio nacional o en su caso las mejoras que deban efectuarse para poder generar exclusividad.
Se considera nuevo, todo aquello que no se encuentre en el estado de la técnica, es decir, en el conjunto de conocimientos técnicos que se han hecho públicos mediante una descripción oral o escrita, por la explotación o por cualquier otro medio de difusión o información, en el país o en el extranjero.
A nivel mundial
Es el proceso creativo cuyos resultados no se deduzcan del estado de la técnica en forma evidente para un técnico en la materia
Que las innovaciones no sean obvias para alguien con conocimiento en el área
Es la posibilidad de ser producido o utilizado en cualquier rama de la actividad económica.
Que la invención pueda ser producida o utilizada en cualquier rama de la actividad económica
Protección mejora en figura de modelo de utilidad
En el caso de un modelo de utilidad usualmente se trata de una «ventaja o mejor uso» que pueda adecuarse a un objeto o invención ya existente, como lo son las maquinarias o dispositivos existentes a la fecha relacionados con la invención. Al momento del procedimiento, sin embargo, es posible solicitar el registro de la invención como patente o como modelo de utilidad, ya que finalmente será el evaluador técnico quien definirá cuál es la protección más adecuada. Un modelo de utilidad protege invenciones con menor rango inventivo que las protegidas por patentes, consistentes, por ejemplo, en dar a un objeto una configuración o estructura de la que se derive alguna utilidad o ventaja práctica, por lo que se otorga únicamente a una disposición o forma nueva obtenida o introducida en herramientas, instrumentos de trabajo, utensilios, dispositivos u objetos conocidos que se presten a un trabajo práctico, en cuanto importen una mejor utilización en la función a que estén destinados.
En todos los casos, un modelo de utilidad sólo debe cumplir con dos requisitos: novedad y aplicación industrial.
Modelo Industrial
Los dibujos industriales, que son toda combinación de figuras, líneas o colores que se incorporen a un producto industrial con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio mientras que los modelos industriales, constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrón para la fabricación de un producto industrial, que le dé apariencia especial en cuanto no implique efectos técnicos. Se puede otorgar la protección mediante el registro de diseños industriales, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
Novedad: El diseño (sea dibujo o modelo) debe ser nuevo, es decir, de creación independiente y que difiera en grado significativo de diseños conocidos o de combinaciones de características conocidas de diseños.
Aplicación Industrial: El diseño (sea dibujo o modelo) debe ser susceptible de ser producido o utilizado en cualquier rama de la actividad económica.
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